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Mocion sobre los incidentes del Carnaval que el Grupo Municipal Popular, presentara en el pleno del Jueves

Atentado contra la libertad de expresion de los concejales socialistas del equipo de gobierno municipal al eliminar a una de las comparsas participantes por representar su disfraz opciones ideológicas distintas a las que representa el grupo socialista.   D. Francisco Romo de Arce García, Portavoz del Grupo Municipal Popular en el Ayuntamiento de Illescas, en nombre y representación del mismo y al amparo de lo establecido en los artículos 91.4 y 97.3 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales de 1986, eleva al Pleno de la Corporación para su debate la siguiente

 
M O C I Ó N
 
 
El pasado 13 de febrero, durante la celebración de las Fiestas de Carnaval, se produjo un hecho sorprendente, la eliminación por decisión de concejales del Partido Socialista de una de las comparsas participantes por motivos ideológicos, al no estar de acuerdo con su contenido y con las expresiones que manifestaban sus componentes.
 
En la sesión del 3 de marzo de la Comisión Informativa de Fiestas, el Concejal Delegado intentó justificar la decisión argumentando que la citada comparsa, llamada “Los Legionarios”, fue descalificada por llevar una bandera con un escudo que calificó de “preconstitucional” y por que los chicos que la formaban hicieron manifestaciones que no consideraba adecuadas para el Carnaval pues, entendía, no habían comprendido el sentido de esta Fiesta.

 
El hecho de que el Concejal de Fiestas o el Equipo de Gobierno pretendan arrogarse el derecho de decidir que temas se pueden o no se pueden tratar en un acto festivo y público, que opiniones se pueden expresar y cuales no, o que contenidos son propios de las Fiestas de Carnaval y cuales no son adecuados, nos parece totalmente inadmisible y un abuso que atenta contra nuestros principios constitucionales.


La comparsa que fue censurada y expulsada del consurso y de la Plaza de Toros
 
La vigente Constitución Española de 1978, en su Título I. De los derechos y deberes fundamentales. Capítulo segundo, Sección 1ª, De los derechos fundamentales y de las libertades públicas, establece en su artículo 20 que: “Se reconocen y protegen los derechos: a).- A expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.”. Este derecho, básico en nuestro sistema democrático y que solo puede ser limitado en casos tasados con reserva de Ley y bajo tutela judicial, pretende el Equipo de Gobierno cercenarlo a su antojo, atribuyéndose la capacidad para determinar cuando y como pueden expresar sus opiniones los vecinos de Illescas.
 
Los actos festivos son patrimonio de los ciudadanos, enraizados en los fundamentos culturales de los pueblos, que se vienen celebrando de forma periódica, adaptados a las circunstancias de cada momento. Un Ayuntamiento democrático no puede decidir quien y como puede participar en las fiestas del municipio sino que, ateniéndose a las costumbres de la localidad, debe proporcionar los medios personales y materiales necesarios para su correcta celebración, sin que quepa impedir la participación a ningún ciudadano por motivos ideológicos, ni prevalecer discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier condición personal o social.
 
En el caso de la Fiesta del Carnaval estos principios son especialmente sensibles dado su carácter, donde habitualmente priman la ironía, la sátira mordaz, el esperpento o la crítica social y política; por lo que las expresiones de los ciudadanos no pueden quedar al arbitrio del juicio de valor o de intenciones que hagan los gobernantes de turno.
 
En conclusión, consideramos que la actuación del Equipo de Gobierno fue totalmente inaceptable, que se prohibió la participación a unos jóvenes de forma abusiva, realizando un juicio de valor y de intenciones totalmente fuera de lugar e impidiendo la libertad de expresión a la que tienen derecho.
 
Por ello el Grupo Municipal Popular del Ayuntamiento de Illescas eleva al Pleno la adopción de los siguientes acuerdos:
 
PRIMERO.- Reconocer el derecho de todos los vecinos de Illescas a participar individual o colectivamente en todos los actos públicos, sin discriminación alguna por motivos ideológicos o de cualquier otra índole y con plena libertad para hacerlo como lo consideren oportuno sin más limitaciones que las que vengan establecidas por las leyes.
 
SEGUNDO.- Declarar que el Ayuntamiento de Illescas debe limitarse para la organización de actos festivos a disponer el personal necesario y a proporcionar los medios materiales precisos para su correcto y adecuado desarrollo, sin que sea admisible la imposición de criterios ideológicos a los participantes.
 
TERCERO.- Establecer que ningún cargo político de este Ayuntamiento tiene atribuida competencia para impedir la libertad de expresión y la libre participación de los vecinos en actos de las fiestas, ni para hacer juicios de valor o de intenciones sobre los ciudadanos que asistan a los mismos.
 
CUARTO.- Rechazar y anular el acuerdo del Equipo de Gobierno de descalificar a la comparsa de Carnaval “Los Legionarios”, por contrario a la libertad de expresión, abusivo, discriminatorio y estar fundamentado sobre juicios de valor improcedentes.
 
En Illescas, a 17 de marzo de 2010.
 
 
Francisco Romo de Arce García
Portavoz del Grupo Popular
Ayuntamiento de Illescas